REVOCARON LA ORDEN DE RESTITUIR MASIVAMENTE LAS PENSIONES POR DISCAPACIDAD.

PENSIONES_DISCAPACIDAD

La decisión modifica el panorama judicial abierto tras un fallo del Juzgado Federal N° 2 de Catamarca de noviembre de 2025, que había calificado las suspensiones de pensiones como una “vía de hecho” y ordenado a la extinta Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) reactivar los pagos en 24 horas. Esa sentencia, celebrada por organizaciones y afectados, había tenido un alcance federal al aplicar la restitución de manera colectiva.

Al resolver la apelación de ANDIS, el tribunal de alzada concluyó que el defensor del Pueblo de Catamarca no tenía legitimación para litigar contra un organismo nacional y que la asociación civil que promovió la acción colectiva no acreditó una causa común homogénea entre los beneficiarios, dado que las situaciones varían entre casos notificados, preventivos o sin comunicación. Por esa razón, anuló el alcance nacional del fallo original.

En disidencia parcial, un juez consideró que la causa había quedado abstracta por la sanción de la ley 27.793 de Emergencia Nacional en Discapacidad y sus decretos reglamentarios, que reformulan el marco legal de fondo.

Con esta revocación, las personas con discapacidad que quieran recuperar sus haberes deberán presentar demandas individuales, y organizaciones afines anticipan que podrían llevar un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia para cuestionar el criterio adoptado